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Anonymous

Contract Management en empresas cotizantes en nasdaq?

Elevo esta consulta al foro en español. Alguien podría indicar si existe algún impedimento, o se opone alguna restricción por parte de la normativa nasdaq, a la aplicación de procesos de contract management en particular? Es decir, existe alguna "mejor práctica", o consideraciones que deban ser tenidas en cuenta con la intención de aplicar estos procesos en una empresa cotizante en nasdaq?


 

Pablo Cilotta
INTERNATIONA...


Habiendo consultado algunas fuentes en el ámbito del foro en inglés de la IACCM, todo parecería indicar que en principio no existe establecida en forma expresa ninguna limitación o restricción por parte de la normativa NASDAQ al momento de implementarse un proceso de gestión contractual, con la salvedad de aquellas normas de Gobierno Corporativo por medio de las cuales se imponen determinados mecanismos para gestionar y auditar el riesgo, como así también las exigencias contractuales prescriptas por las normas de reconocimiento de ingresos –“revenue recognition”- (cláusulas específicas en los contratos relativas al sometimiento a plazos o condiciones suspensivas), entre otras.

Saludos a todos 

Pablo

 

Pablo Cilotta
INTERNATIONA...


 En un posting del foro en inglés bajo el título “Going Public” (https://www.iaccm.com/members/network/forum/?post=2410#post), recientemente Edward Willey III contribuye en la clarificación del tema agregando que resulta de fundamental importancia el conocimiento del gobierno corporativo, siendo asimismo relevante en la materia mantener consistencia y congruencia, como así también considerar esfuerzos en materia de compliance para asegurar cumplimiento y ajuste a legislaciones locales y mantener prácticas éticas.

Específicamente, la mejor práctica en este punto sería implementar controles y políticas tales como:

- autorizaciones internas dentro de la organización a efectos de aprobar límites de gastos;

- implementación de políticas de retención y conservación de documentos;

- instauración de un plan de capacitaciones en relación a políticas y procedimientos;

- dependiendo del alcance de la operación y del tipo de actividad, desarrollo de estándares de contratación con indicación expresa de los elementos esenciales para cada tipo de contrato, instrucciones generales en materia de cláusulas prohibidas;

- cumplimiento en materia de protección de datos y, en caso de ser necesario, adoptar medidas para prevenir la exportación no autorizada o controlada de productos y/o datos;

- compliance en materia laboral;

- desarrollo de un programa de gestión de riesgos con evaluaciones regulares, incluyendo seguros, investigación de reclamos laborales y auditorías frecuentes de seguridad ambiental.

Tener en cuenta asimismo que, a lo sumo en los Estados Unidos, será de aplicación la Sarbanes Oxley, por lo que además deberán implementarse los mecanismos pertinentes de notificación en caso de infracción a tal regulación.